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SERFOR decomisa madera de origen ilegal en San Ignacio

A pesar de estar en medio de un Estado de Emergencia y aislamiento social, dicha mercadería estaba siendo transportada hacia Pallapeña en el distrito de Tabaconas, provincia de San Ignacio, son 667 pies tablares de madera “romerillo rojo” valorizado en más de 3 mil soles aproximadamente.

El Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR) del Ministerio de Agricultura y Riego, mediante un trabajo conjunto con la Central de Rondas Campesinas e integrantes de la comunidad campesina de San Miguel de Tabaconas y la colaboración de la Policía Nacional del Perú, se intervino una camioneta 4 x 4, marca Toyota Hilux con placa de rodaje D3W – 700, con más de 667 pies tablares de la especie Prumnopitys harmsiana “romerillo rojo”, sin contar con los documentos que sustente su origen legal.

El chofer de la unidad móvil Sr. Celestino Alberca Cruz, quien trasportaba dicha madera, será sometido a un Proceso Administrativo Sancionador por infringir la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, que establece como infracción “Muy graves”, transportar especímenes, productos o sub productos forestales sin contar con los documentos que amparen su movilización y el adquirir, transformar, comercializar o poseer productos forestales, extraídos sin autorización; razón por la cual, actualmente la mercadería se encuentra en el almacén de la Municipalidad Distrital de Tabaconas – San Ignacio – Cajamarca, en calidad de custodia temporal.

Asimismo, el “romerillo rojo” es una especie forestal amenazada por la tala indiscriminada y se encuentra categorizada como una especie “en peligro crítico” según el Decreto Supremo N°043-2006-AG —que aprueba la categorización de Especies Amenazadas de Flora Silvestre, y Cajamarca es la región que cuenta con “hábitat” para esta especie arbórea, la cual es muy cotizada como materia prima, principalmente en carpintería, por sus propiedades físico mecánica.

La sanción administrativa por este acto ilícito es el pago de una multa que va desde 0,10 hasta 5000 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), según los criterios de gradualidad que, en esta oportunidad, tomarán en consideración la categorización de esta especie, tanto por el D.S y la CITES