El proceso judicial contra el expresidente Martín Vizcarra dio un giro este miércoles 3 de septiembre, luego de que la Tercera Sala Penal Nacional de la Corte Superior de Justicia declarara infundado el requerimiento fiscal de prisión preventiva en su contra. La decisión dispone su inmediata excarcelación, salvo que exista otra orden vigente de detención dictada por autoridad competente.
La medida revoca una resolución previa emitida el pasado 13 de agosto por el juez Jorge Chávez Tamariz, quien había ordenado cinco meses de prisión preventiva contra Vizcarra. La acusación en su contra está vinculada al presunto delito de cohecho pasivo propio, relacionado con hechos ocurridos cuando era gobernador regional de Moquegua.
PRISIÓN PREVENTIVA CONTRA MARTÍN VIZCARRA ES REVOCADA POR SALA SUPERIOR
La resolución de la Tercera Sala Penal Nacional anuló los argumentos del juez Chávez Tamariz, quien en agosto consideró que existían graves elementos de convicción, así como riesgo de fuga y peligro procesal por parte del expresidente. En esa ocasión, se fundamentó la medida en la falta de arraigo familiar y laboral del investigado.
Con la reciente decisión, el tribunal superior desestima el pedido del Ministerio Público, que había solicitado prisión preventiva como medida cautelar mientras se desarrolla el proceso penal. Vizcarra podría abandonar el penal en las próximas horas, siempre y cuando no se encuentre bajo otra medida restrictiva.
FISCALÍA ACUSÓ A VIZCARRA DE PAGOS ILÍCITOS POR CONTRATOS EN MOQUEGUA
Durante las audiencias previas, el fiscal Germán Juárez Atoche sostuvo que Vizcarra habría condicionado la firma de contratos públicos a la entrega de pagos ilícitos que superarían S/ 1.3 millones, cuando se desempeñaba como gobernador regional de Moquegua. Estos hechos se encuadran dentro del presunto delito de cohecho pasivo propio en agravio del Estado.
El representante del Ministerio Público señaló que existen registros, testimonios y evidencias financieras que respaldarían la hipótesis fiscal. No obstante, la sala superior consideró que no se cumplen los requisitos para aplicar prisión preventiva en esta etapa del proceso.
JUEZ CHÁVEZ TAMARIZ HABÍA ORDENADO CINCO MESES DE PRISIÓN PREVENTIVA
La resolución de agosto indicaba que Vizcarra presentaba una conducta procesal irregular, además de carecer de arraigo que garantice su permanencia en el país.
El juez Jorge Chávez Tamariz sostuvo que existía un riesgo de obstrucción a la justicia, lo que justificaba la medida restrictiva.