La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, presidida por la congresista Lady Camones, anunció el archivamiento de la denuncia presentada contra la presidenta Dina Boluarte, la cual fue interpuesta cuando desempeñó funciones como titular de la cartera del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis).
La querella se presentó ante la presunta infracción de la mandataria al artículo 2 inciso 2; y artículos 40 y 126 de la Constitución y, por los delitos de negociación incompatible y tráfico de influencias tipificado en los artículos 399 y 400 del Código Penal, respectivamente.
Vale resaltar que esta demanda fue presentada por Mónica Yadira Yaya Luyo, quien expuso que la jefa de Estado vulneró los incisos anteriormente mencionados, en su condición de vicepresidenta de la República y jefa del Midis y que, aún no había renunciado previamente al cargo de máxima autoridad encargada del Registro Nacional de Identidad y Estado Civil (Reniec).
En ese sentido, de acuerdo al proyecto de informe de calificación de la DC 223, a cargo de la abogada Karina Alvarado, se indicó que la denunciante alegó que la dignataria omitió declarar a sus parientes hasta el segundo grado de afinidad, permitiendo que el cónyuge de su hermana René Boluarte Zegarra, contrate con el Estado sin ser detectado, conforme al artículo 11 inciso A, B y H de la ley de contrataciones del Estado.
Asimismo, según declaraciones de Yaya Luyo, Dina Boluarte habría ejercido influencia para la contratación directa de la compañía de sus sobrinos por parte del gobierno regional del Cusco y el hospital regional de esta ciudad.
Por su parte, Alvarado señaló que no existen indicios que la denunciada (Dina Boluarte), de forma directa, indirecta o por acto simulado se haya interesado en la contratación con el Estado, del cónyuge de su hermana. Sumado a ello, la letrada mencionó que tampoco se advirtió que la conducta de Boluarte se subsumiría dentro de los alcances del tipo penal señalado.