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PROHÍBEN EL USO DE PISCINAS EN PARQUES ZONALES Y CENTROS DE ESPARCIMIENTO

▶️Mediante el Decreto Supremo N° 116-2020 de la Presidencia de Consejo de Ministros, se ha prohibido el uso de las piscinas de los parques zonales y centros de esparcimiento por la reapertura de estos mismos lugares con el objetivo de poder frenar el avance del coronavirus.

🔹️El Ejecutivo precisó que el uso de piscinas está solamente permitido para la realización de «actividades formativas o terapéuticas» siempre y cuando se cumplan las medidas sanitarias emitadas por la autoridad sanitaria nacional.

🔹️Cabe resaltar, que el uso de los parques, centros de esparcimiento, clubes zonales está apto para realizar la práctica de deportes al aire libre como una manera de promover la salud mental y física de los ciudadanos, manteniendo el distanciamiento y evitando el contacto.

Fuente: El Peruano

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