Al ser autor del delito de homicidio calificado en agravio de Juan Guevara Diaz.
La sustentación de la acusación estuvo a cargo del fiscal adjunto superior, Edilberto Lobato Rodríguez, quien logró probar que en el año 2003, el acusado pagó la suma de 200 soles a los hermanos Edilberto y Abelardo Sánchez Burga, para matar Juan Guevara Diaz, por mantener una relación sentimental con su pareja.
El día 13 de diciembre del 2003, Abelardo llevó a su casa a la víctima y luego de embriagarlo, su hermano Edilberto lo atacó con un arma blanca en las piernas para hacerlo caer al suelo, luego ambos hermanos le torcieron el cuello y después lo colocaron sentado en la puerta de entrada de la casa, para aparentar que la víctima estaba dormida.
Cabe indicar que el sentenciado desde el año 2003, tenía la condición de reo contumaz, hasta marzo de 2022, en que es capturado y recluido en el Establecimiento Penitenciario de Cajamarca, fecha en la que se instaló el juicio oral.