📌 Incremento de más del 7% incide, entre otros, en el pago de tributos y en el costo de diversos servicios brindados por el Estado.***
El valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el 2023 ascenderá a S/ 4,950 (Cuatro mil novecientos cincuenta soles), lo que representa un incremento de S/ 350 respecto del periodo anterior, pues durante este 2022 su valor es de S/ 4,600.
En términos porcentuales, esto equivale a un alza de un 7.61%, por lo que constituye uno de los incrementos más fuertes desde la creación de la UIT.
Así lo ha establecido el Decreto Supremo N° 309-2022-EF, publicado el sábado 24 de diciembre en el diario oficial El Peruano.
La UIT es un índice de referencia en normas tributarias, por lo que se establece para mantener en valor constante las bases imponibles de los impuestos y deducciones no solo de las empresas, sino también de los trabajadores en planilla o independientes, a fin de calcular el pago de su impuesto a la renta.
Del mismo modo, la UIT sirve para fijar las sanciones por las infracciones administrativas cometidas por los ciudadanos. Así, en muchos procesos, las entidades del Estado suelen establecer multas a empresas o personas naturales expresadas en UIT o en un porcentaje de dicho valor (30 o 45% de la UIT, por ejemplo); esto ocurre con el monto de las multas por infracciones de tránsito (papeletas) o por infracciones tributarias o laborales.
También dicho valor permite calcular a las personas el costo de algunos servicios del Estado. Por ejemplo, el monto para obtener copias certificadas de partidas de nacimiento o matrimonio se fija en base a un porcentaje de la UIT; lo mismo para obtener el pasaporte, DNI o una licencia de funcionamiento.
En resumen, el aumento de este valor impacta directamente en la economía familiar o empresarial, con el pago de más impuestos sobre la renta de los sueldos e ingresos. Igualmente, limita el sueldo bruto mensual en planilla y la cantidad de recibos por honorarios exentos de deducciones para los trabajadores independientes.
Por último, también eleva el costo de iniciar o tramitar un proceso judicial, en la medida que la Unidad de Referencia Procesal (URP), que es el valor que se fija para las tasas judiciales que deben pagar los que acuden al Poder Judicial, suele ser equivalente al 10% de la UIT.
Para mayor información puede revisar y/o descargar el texto completo del Decreto Supremo N° 309-2022-EF en:
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