Pedido incluye también al exfujimorista Pier Figari, así como otros siete investigados del caso Alas Peruanas. Poder Judicial agendó la audiencia que revisará su caso para el 20 de mayo
El empresario y actual alcalde provincial de Cajamarca fue secretario general de Fuerza 2011 (hoy Fuerza Popular) y, anteriormente, parlamentario en el periodo 2011-2016.
En atención a una solicitud planteada por la Fiscalía de la Nación; el pasado 3 de mayo, el Poder Judicial agendó el pedido de impedimento de salida del país por un periodo de 36 meses en contra del actual Alcalde de Cajamarca, Joaquín Ramírez, en el marco del desarrollo de las investigaciones en el caso Alas Peruanas. La solicitud de impedimento abarca a otros conocidos miembros más cercanos a la cúpula de Fuerza Popular, partido que lidera Keiko Fujimori.
En la resolución, a la que accedió Infobae Perú, el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional resuelve agendar la audiencia de sustentación de pedido del Ministerio Público para el próximo 20 de mayo a partir de las 8:30 a.m. Pero esta solicitud no solo incluye a Ramírez, sino también al exintegrante de Fuerza Popular, Pier Figari. El mismo que fue incluido en las investigaciones por el caso cócteles, como miembro de una presunta organización criminal liderada por la excongresista Keiko Fujimori.
Pier Figari, exintegrante de Fuerza Popular también es incluido en pedido
Junto a Joaquín Ramírez y Pier Figari, también se ha solicitado el impedimento de salida del país en contra de otros siete personajes cercanos a la Universidad Alas Peruanas que también están investigados. Estos son Maribel Lucrecia Ramírez Gallegos, Nancy Lizbeth Ramírez Gallegos, Nancy Teresa Gallegos Vela de Ramírez, Rosa Amparo Castañeda Cubas, Edmond Jordán Montes, Yohny Ramírez Núñez y Marco Antonio Urteaga Cabrera.
Así el juez Víctor Zúñiga Urday, colegiado a cargo de la sala que revisará el caso, ha dispuesto un plazo para la atención de los pedidos de la Fiscalía. En el documento, se ha dispuesto también que estas audiencias sean realizadas de manera obligatoria y presencial.
“Notifíquese al Representante del Ministerio Público para su participación obligatoria, bajo apercibimiento de ponerse en conocimiento del Fiscal Superior Coordinador y del órgano de control interno, en caso de verificarse su no participación injustificada. (…) Notifíquese a los investigados antes mencionados, a fin de que participe a la audiencia presencial, con su abogado defensor de su elección”, dicta la orden del magistrado Zúñiga Urday.
Fuente: Infobae Perú.